¡No deje tan importante proceso en manos de cualquiera!
La Ley 17.344 de Rectificación de partida de nacimiento permite que todo Chileno y extranjero mayor de 5 años pueda cambiarse nombres y apellidos. Proceso totalmente administrativo y sin audiencias.
Es un procedimiento administrativo, el cual, permite que personas chilenas y extranjeras puedan cambiar sus nombres y/o apellidos a partir de los cinco años de edad. Esto, a través de un trámite ante los Tribunales Civiles de Chile.
Al ser un proceso totalmente administrativo y sin audiencias, puedes estar relajado ya que nosotros realizamos todo el proceso en tu representación. Podrás hacer seguimiento 24/7 en todo momento al proceso de avance de tu causa de cambio de nombre con Lexum.
Nuestro equipo jurídico preparará la solicitud del cambio ante los Tribunales Civiles de Chile.
Debe presentar dos testigos que acrediten su historia mediante una declaración firmada.
Una vez obtengamos la sentencia favorable de su cambio, Solicitaremos al Registro Civil actualizar su C.I.
Todo medio de pago.
Una vez inicie su contratación recibirá el acceso a nuestra plataforma exclusiva para clientes, además, el llamado del abogado asignado a su caso, en donde se coordinarán las acciones siguientes.
Somos una empresa legal que tiene la misión de revolucionar de manera positiva la forma en la que se prestan los servicios jurídicos en Chile. Te invitamos a vivir la experiencia.
Mediante nuestra aplicación, nuestros clientes pueden hacer seguimiento 24/7 a su causa con nosotros, ¿No es genial?
Como empresa, tenemos los más altos estándares de calidad, no sólo a nivel de tramitaciones, sino que también en nuestra atención comercial pre y post venta; atendiendo y resolviendo cualquier requerimiento de manera amigable y siempre con buena disposición.
A todos nos gusta sentir una experiencia de servicio de primer nivel, no sólo antes de la venta, sino que, durante todo el proceso. Siempre habrá alguien que le atienda y resuelva sus dudas.
Adicional a todo lo anterior, empleamos los más altos estándares en nuestras tramitaciones y casos, estando siempre alertas y proponiendo las mejores estrategias jurídicas para cada servicio. Para nosotros, no será un número o un cliente más.
La tramitación completa tiene una duración aproximada entre 4 y 7 meses, dependiendo de cada caso.
No, en ningún caso se afecta filiación parental, datos financieros y/o comerciales ni RUT. El procedimiento es solamente estético y su alcance es solo modificar los dos nombres y apellidos -según sea solicitado- en cédula de identidad y certificado de nacimiento.
Sí. Un extranjero puede realizar el trámite bajo el mismo procedimiento. Debe tener su visa definitiva o residencia permanente, y además, tener su partida de nacimiento original de su país emitida por el Registro Civil y apostillada acá en Chile registrada en el Registro Civil de Chile (en este último proceso le podemos ayudar en nuestro estudio jurídico).
Una vez realizados y cumplidos estos pre- requisitos se podrá iniciar el procedimiento.
Si son menores de edad se ingresan a la misma solicitud y también se les cambia el apellido a ellos junto con usted (se le debe notificar al padre o madre)
Y si son mayores de edad, estos pueden optar por aceptar o no el cambio.
En este caso es factible siempre y cuando el menor de edad tenga más de 5 años de edad y el padre o madre con el cual no se tenga vínculo pueda ser notificado a su domicilio actual (sólo debe ser notificado, no debe aceptar ni comparecer al tribunal).
Una vez obtenga la sentencia favorable al cambio de nombre o apellidos, usted debe dirigirse a los organismos que estime pertinente a notificar del cambio con la sentencia, y éstos, posteriormente, realizarán los cambios.
Con la sentencia favorable, debe dirigirse al Conservador de Bienes Raíces y otros organismos, según sea el caso, para que estos realicen la modificación al registro de su propiedad.
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